Es el órgano supremo de gobierno de la Cofradía. Lo componen todos los hermanos-as de número y bienhechores con mayoría de edad. Nuestros Estatutos indican que cada año deben celebrarse dos de carácter ordinario; uno, preferiblemente en Noviembre, en el que la Junta proponga para su aprobación el Presupuesto para el año siguiente, el plan de actuaciones, la renovación de cargos; y otro, preferiblemente en Marzo, en que se explique el cierre de cuentas del año anterior para su aprobación, se ratifique la entrada de nuevos hermanos y se haga un repaso de los actos penitenciales a celebrar en Semana Santa.

Además se pueden celebrar capítulos extraordinarios monotemáticos convocados por la Junta de Gobierno o por una quinta parte del censo de hermanos con voz y voto.